Existen varias ayudas estatales y regionales dirigidas a personas con discapacidad y sus cuidadores:
PUBLICACIONES Y ÓRDENES
El pasado día 4 de junio salió la publicación en el BOJA de la convocatoria de subvenciones de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, según la Orden del 28 de Mayo de 2014, por el que se convocan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva , en sus líneas individuales e institucionales.
En el caso de la Línea 16, individuales, el plazo de presentación es de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el BOJA, es decir desde el 5/06/14 hasta 4/07/14.
AYUDAS INDIVIDUALES:
2.a) Conceptos subvencionables.
- La adaptación de vehículos a motor.
- La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de ayudas técnicas, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS.
- Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.
4.a).2.º Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
- Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33%.
- Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior al salario mínimo interprofesional, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante.
- No tener 65 o más años el último día del plazo de presentación de solicitudes.
- Disponer de un presupuesto cierto.
- Consignar los datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se solicita la subvención en los términos previstos en el apartado 5 del correspondiente formulario de solicitud.
- En el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de ayudas técnicas, se exigirá, además informe favorable del Centro de valoración y orientación que será solicitado de oficio por el órgano que tramita la subvención.
5.c).1.º Gastos subvencionables:
- Adaptación de vehículos de motor: 750 €.
- Adquisición y renovación de prótesis y órtesis:
- Auditiva: 1.200 € (dos audífonos).
- Ocular: 400 €.
- Dental: 600 €.
- Adquisición, renovación y reparación de otras ayudas técnicas: coste de la actuación, con el límite máximo de 6.050 euros.
- Gastos de desplazamiento en transporte público o privado: 109 €/mes.
Si pinchais en el primer parrafo (subrayado) os aparecerá el Boja de la Orden reguladora y Boja de la convocatoria donde podréis descargaros el formulario para solicitar estas ayudas.
Si pinchais sobre la siguiente direccion web os aparecerán los servicios y prestaciones que da la Junta de Andalucia:
enlace.
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Actualizado a 10/08/2013 os ofrecemos información sobre las ayudas para la concilicación entre la enfermedad y el trabajo.
Las ayudas comprenden tres líneas:
- Garantía de Ingresos Mínimos (S.G.I.M.).
- Ayuda de Tercera Persona (A.T.P.).
- Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (M.G.T.).
Enlace.
Reducción de jornada al 99.9%
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